Queda estrictamente prohibido cargar la siguiente mercancía que por sus características propias del producto requiere de un manejo y embalaje especial:
– Productos químicos inflamables en envases de plástico rígido.
– Productos químicos inflamables en tambores metálicos.
– Productos químicos o naturales en termo refrigerantes.
– Petróleo y tanques.
– Metales preciosos en barras o laminados.
– Minerales preciosos en bruto.
– Minerales precipitados y concentrados preciosos.
– Grasas animales, vegetales y minerales en envases de polietileno.
– Leche fresca en botes metálicos.
– Ganado y aves de pie.
– Substancias peligrosas.
– Cohetes.
– Explosivos.
– Cigarros y puros (locales) ó con pedimento.
– Menajes (mudanzas).
Queda estrictamente prohibido asegurar la siguiente mercancía que por sus características propias del producto requiere de un manejo y embalaje especial:
- Aparatos científicos y médicos.
- Motocicletas (armadas, nuevas y usadas).
- Muebles de madera, triplay o similares (nuevos y usados).
- Pianos.
- Cal y cemento en envases de papel.
- Muebles sanitarios.
- Antigüedades y objetos de arte.
- Focos y tubos fluorescentes.
- Artículos de vidrio y cristalería.
- Todo tipo de devoluciones (mcia usada).
- Aplican restricciones.

