Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 3 fracción I y II, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 41, 42, 43,
así como lo establecido en el Título Tercero, Capítulo Primero de la Ley de Protección de Datos Personales
en Posesión de Sujetos Obligados para el Estado de Guanajuato, publicada en el Periódico Oficial del Gobierno
del Estado de Guanajuato el 14 de julio del año 2017, se hace de su conocimiento lo siguiente:
I. TRANSPORTES JULIÁN DE OBREGÓN, S.A. DE C.V.
Queda estrictamente prohibido cargar la siguiente mercancía que por sus características propias del
producto requiere de un manejo y embalaje especial:
- Productos químicos inflamables en envases de plástico rígido.
- Productos químicos inflamables en tambores metálicos.
- Productos químicos o naturales en termo refrigerantes.
- Petróleo y tanques.
- Metales preciosos en barras o laminados.
- Minerales preciosos en bruto.
- Minerales precipitados y concentrados preciosos.
- Grasas animales, vegetales y minerales en envases de polietileno.
- Leche fresca en botes metálicos.
- Ganado y aves de pie.
- Sustancias peligrosas.
- Cohetes.
- Explosivos.
- Cigarros y puros (locales) ó con pedimento.
- Menajes (mudanzas).
Queda estrictamente prohibido asegurar la siguiente mercancía que por sus características propias del
producto requiere de un manejo y embalaje especial:
- Aparatos científicos y médicos.
- Motocicletas (armadas, nuevas y usadas).
- Muebles de madera, triplay o similares (nuevos y usados).
- Pianos.
- Cal y cemento en envases de papel.
- Muebles sanitarios.
- Antigüedades y objetos de arte.
- Focos y tubos fluorescentes.
- Artículos de vidrio y cristalería.
- Todo tipo de devoluciones (mcia usada).
- Aplican restricciones.